CAPITULO V.- REGIMEN DE RESPONSABILIDAD DE LOS DIRECTIVOS Y SOCIOS DEL CLUB

ARTICULO 46.- Responsabilidad de los directivos y los socios.      

        Los directivos y socios, sin perjuicio de lo establecido en los presentes estatutos sobre régimen disciplinario, responderán de las lesiones y daños causados al club por actos contrarios a la legalidad o a los Estatutos del mismo, o realizados sin la diligencia o cuidado mínimo exigible, ya sea en el desempeño del cargo o en su mera condición de socio, de acuerdo con la legislación vigente.

ARTICULO 47. Responsabilidad por la adopción de acuerdos.

       Los directivos del Club responderán por los acuerdos ilegales que hayan adoptado los órganos del Club en que participen, siempre que la decisión adoptada haya contado con su aprobación.