capitulo X

CAPITULO X.- REGIMEN DOCUMENTAL Y CONTABLE

ARTÍCULO 65. – Reforma de los Estatutos.

Los presentes estatutos sólo podrán ser modificados por acuerdo de la Asamblea General Extraordinaria convocada al efecto, mediante votación favorable de la mayoría absoluta de sus miembros.

La reforma de estos Estatutos tendrá, respecto al Registro Andaluz de Entidades Deportivas, los mismos trámites administrativos que para su aprobación.

ARTÍCULO 66. – Disolución del club.

1. - La Entidad se extinguirá o disolverá por las siguientes causas: