CAPITULO II.- LOS MIEMBROS
ARTÍCULO 8. – Clases de miembros.
1. - En la Entidad existirán las siguientes categorías de miembros:
a) Socios o asociados de pleno derecho
b) Abonados o colaboradores.
c) Deportistas.
d) Técnicos.
2. - Los socios son los fundadores o promotores y cualesquiera otras personas incorporadas posteriormente al club e incluidas, como tales, en el libro registro de socios. Estos socios satisfacen obligatoriamente las cuotas de sostenimiento de los gastos del club.